Presidentas de los DIF no deben cobrar salarios

Los cargos de presidentes del DIF son honoríficos
Los cargos de presidentes del DIF son honoríficos

El Osfem asegura que tendrán sanciones ediles y el cabildo que no quieran acatar esta disposición marcada en la ley.

El contralor del Poder Legislativo del Estado de México, Victorino Barrios Davalo, señaló que al menos 6 presidentes municipales de la entidad, han manifestado su inconformidad por el contenido de la Ley de Organismos de Asistencia Social en el que se establece que los cargos directivos en dichas instancias serán de carácter honorífico y por lo tanto están exentos de la percepción de salario por el desempeño de funciones.

Aunque se reservó mencionar cuáles son los casos particulares, mencionó que el disgusto radica en que el organismo a su cargo, ha reiterado que las presidentas de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), por lo general esposas de los ediles, no tienen la facultad de cobrar y por lo tanto, los alcaldes consideran que hay una contradicción con la ley del trabajo en la que se determina la obligación de obtener remuneración por el desarrollo de una tarea.

“Percibo una molestia en los presidentes municipales, por la aseveración que  ha hecho la Contraloría del Poder Legislativo, en el sentido de que las presidentas de los DIF municipales, no deben cobrar, pero eso no lo dice la contraloría, eso lo dice la Ley de Organismos de Asistencia Social, entonces sus cargos son honorificos”.

Dijo que el problema en algunos casos, es que a 6 meses de iniciadas las administraciones, aún con el conocimiento de que por cargos honoríficos no se expiden sueldos, las presidentas del DIF municipal si han recibido pago, ante lo cual, quienes hayan incurrido en la falta deberán regresar lo que hasta ahora percibieron.

El contralor del poder legislativo, aseguro que se realizará la revisión correspondiente en los municipios y en el entendido de que la contraloría no tiene injerencia sobre las presidentas de los DIF, habrá una sanción y sería aplicada a los alcaldes y miembros de los cabildos.

¿Quieres ser el primero en comentar?

Responder a Anónimo Cancelar respuesta

Tu dirección de correo no será publicada.


*